De las tres grandes reformas sociales del Gobierno de Gustavo Petro —salud, pensiones y laboral– solo una ha cruzado la meta y avanza en su implementación. La primera continúa empantanada en el Congreso, la segunda permanece en suspenso en la Corte Constitucional y la tercera, aunque ya entró en vigor, prende alarmas. Según varios expertos, el Ejecutivo estaría intentando revivir por decreto algunas de las medidas laborales que no logró sacar adelante en el Legislativo.
Las inquietudes se centran en dos proyectos de decreto del Ministerio de Trabajo que ya superaron la etapa de comentarios y están listos para firma. Uno introduce cambios en las reglas de sindicalización —tema que contribuyó al hundimiento de la primera versión de la reforma laboral en 2023— y el otro aborda la tercerización; es decir, la contratación de una empresa para ejecutar actividades en nombre de otra.

Jaime Alberto Cabal, presidente de Fenalco, calificó ambos decretos como preocupantes y aseguró que implican “una grave extralimitación del Ministerio de Trabajo, el cual pretende imponer, mediante ambos decretos, medidas que fueron rechazadas de manera explícita por el Congreso de la República durante el trámite de la reforma laboral”.
En esa visión coincide la abogada Saida Quintero, socia de la firma Quintero y Quintero, quien afirma que “la potestad reglamentaria del presidente y sus ministros no es absoluta” y, por ende, no pueden “legislar” ni crear obligaciones, prohibiciones o derechos no previstos en la ley. En otras palabras, los decretos se extralimitan al reglamentar normas que no están en la reforma laboral.

Al respecto, el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, afirmó a SEMANA que el Gobierno está plenamente facultado para introducir los cambios propuestos en los decretos. Añadió que, si algunos sectores consideran que se está desconociendo al Congreso, siempre pueden acudir a los tribunales y a las cortes para aclararlo. “No obstante, insisto en que actuamos dentro de nuestras competencias”, subrayó.
Más allá de las dudas procedimentales, surgen las de fondo. Según Quintero, el decreto de sindicalización revive la intención del Gobierno de prohibir los pactos colectivos, que son acuerdos entre empleadores y trabajadores no sindicalizados. Estos se diferencian de las convenciones colectivas, las cuales son firmadas por empleados afiliados a sindicatos.

La abogada señala que el borrador de decreto prohíbe la celebración de acuerdos “plurisubjetivos o pluriindividuales” con trabajadores no sindicalizados. Esta disposición elimina, de manera encubierta, la posibilidad de suscribir pactos colectivos. “Eso no se puede hacer por decreto y, además, desconoce el derecho de negociación colectiva de los trabajadores no sindicalizados”, reitera.
Quintero señala que el decreto parece buscar que todos los trabajadores se sindicalicen, y recuerda que es tan importante proteger a quienes desean afiliarse como a quienes no. “La sindicalización es un derecho, no un deber”, subraya.
Alerta, además, que al imponer la aplicación obligatoria de convenciones colectivas a todos los empleadores de un sector económico, como se plantea en el decreto, se pueden generar costos laborales elevados para mipymes y empresas no representadas. “Esto aumenta el riesgo de desempleo, informalidad e inviabilidad, especialmente frente a empleadores que no cuentan con la capacidad de asumir las cargas económicas contenidas en convenciones colectivas de nivel sectorial”, reitera.

Frente a los temores que ha generado el decreto de sindicalización, el ministro Sanguino afirmó que su objetivo es fortalecer el derecho a la negociación colectiva, consagrado en el Código Sustantivo del Trabajo. Agregó que la norma recibió comentarios y fue presentada ante la Comisión de Concertación Laboral, que a su vez creó una subcomisión para examinarla. “Allí han tenido asiento los trabajadores y los voceros de los gremios, salvo Fenalco, que no le gusta nada, no discute nada y se opone a todo. Para ellos estamos en el mundo de la perfección y aquí no se puede cambiar nada”, dijo.
Tras el trabajo de la subcomisión, el ministerio elaboró una segunda versión que, según Sanguino, responde a muchos de los interrogantes y sugerencias planteados por los voceros empresariales y sindicales. No obstante, el decreto definitivo aún no se ha expedido, pues continúan revisando observaciones recientes con el objetivo de alcanzar “el mayor consenso posible”. En cuanto a los pactos colectivos, afirmó que “no han sido proscritos de nuestra legislación”.

Sobre el proyecto de decreto de tercerización, las banderas rojas se levantaron principalmente desde la Asociación Colombiana de Empresas de Servicios Temporales (Acoset). Su presidente, Miguel Pérez García, asegura que la iniciativa crea un nuevo régimen jurídico por vía administrativa, que elimina de facto el objeto social legal de las compañías de su sector. Esto porque prohíbe el uso del servicio temporal para necesidades permanentes de las empresas usuarias, pese a que la ley establece que las temporales apoyan precisamente actividades misionales permanentes como picos de producción, ventas, cosechas o reemplazos por incapacidades, entre otras.
Adicionalmente, el proyecto fija un límite del 10 por ciento de contratación legal de trabajadores temporales (hoy no existe límite), sin aclarar la base legal ni técnica para establecer ese porcentaje. Allí los más afectados serían sectores como agroindustria, comercio, salud, logística e industria, donde las variaciones estacionales pueden requerir aumentos de 200 y 300 por ciento del personal. “Con el tope, las empresas no podrían operar, lo que llevaría a pérdidas, cierres operativos y destrucción masiva de empleo formal”, enfatiza Pérez García.

Asimismo, el abogado laboralista David Zapata considera que este proyecto es un ataque al sector de empresas de empleo temporal, cuyos trabajadores cuentan con todas las prestaciones sociales, a diferencia de muchos de los contratistas del Estado, quienes no tienen ninguna cobertura de parte del empleador.
“Se habla de que de forma inmediata se perderían cerca de 50.000 empleos y, en el mediano plazo, 500.000, que son el número de personas que trabajan en las temporales”, indica el abogado. Tanto Pérez García como Zapata sostienen que la alta inconveniencia del decreto se constata en el récord de más de 2.800 comentarios que recibió durante su etapa de consulta, provenientes de ciudadanos, empresas, gremios y la academia.

De nuevo, el ministro Sanguino señaló que la tercerización es legal y está reglamentada en el país, pero que existe una zona gris de tercerización que puede ser ilegal. “Y eso es lo que queremos aclarar en el decreto”. Precisó que quienes hacen tercerización acorde a la ley no tendrán ningún problema; el lío es si hacen intermediación laboral con el fin de evadir responsabilidades del empleador.
“Desde Acoset y otras voces están haciendo un tremendismo innecesario. Nos hemos reunido con muchas temporales y les hemos dado un mensaje de tranquilidad. Estamos abiertos a recibir sus observaciones y a reunirnos cuantas veces sea necesario para lograr una versión final del decreto que responda a sus inquietudes, tenga la mayor legitimidad posible y mejore la regulación del mercado laboral”, afirmó Sanguino.
Un tire y afloje que deja en medio a miles de empleadores, a millones de trabajadores y a quienes sueñan con acceder a un empleo formal.
















